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La disolución legal del enlace nupcial es un proceso complicado sobre todo para las partes implicadas. Por ello, en Zaragoza contamos con los mejores abogados que van a estar a tu total disposición y asesorarte durante todos las etapas del mismo

En Zaragoza contamos con letrados expertos en materia de derecho matrimonial que estará a su total disposición.

Trás la última reforma del 23 de Julio de 2015 basta con que una de las partes desee la ruptura del contrato matrimonial para poder solicitar el divorcio.



Es necesario aportar una escritura pública para que su abogado le pueda representar ante un juicio.



La Jurisdicción Voluntaria es otro método ágil y eficaz de disolver su matrimonio, es necesario que se bilateral, que no haya descendientes con la capacidad modificada judicialmente, que haya transcurrido 3 meses desde que contrajo matrimonio, un abogado y un procurador únicos para ambos cónyuges.

A partir del 23 de Julio del 2015 se pueden disolver matrimonios por la vía rápida, la Jurisdicción Voluntaria es un proceso válido a través del cual las parejas que han llegado al acuerdo de disolver su matrimonio pueden hacerlo evitando el pleito. No deben haber descendientes con la capacidad modificada judicialmente y debe haber transcurrido 3 meses desde que contrajo matrimonio.

La vía Judicial es más económica ya que autoriza a los cónyuges estar representados por el mismo procurador y arbitrados por un único letrado. Es necesario llevar la demanda o solicitud de divorcio o separación y el convenio regulador en el Juzgado de su localidad.

La solicitud a través del contencioso es la ver web más larga y cara. Inicialmente la debe interponer solo uno de los cónyuges, después el otro deberá recibir la demanda y finalmente el caso se concluirá ante un juez.

Antes de una disolución matrimonial no hay que olvidarse de varias cosas; el divorcio no libera a los ascendientes de sus cargos para con los sucesores.

Son móvil de división:
Sí uno de el matrimonio permaneciese sentenciado a pena de privación de libertad por tiempo superior a seis años.

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